Kit Digital
Consigue
tu bono digital
Desarrollamos tu proyecto y gestionamos
las ayudas para que obtengas tu bono digital
¿Qué es el Kit digital?
Si tienes una empresa o negocio de menos de 49 trabajadores y quieres conseguir ayudas a la digitalización
en 2022 de hasta 12.000€, te ayudamos a solicitar el Kit digital.
Kit Digital
El Kit Digital o Digital Toolkit se enmarca en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, la agenda España Digital 2025 y el Plan de Digitalización de Pymes 2021-2025 y forma parte de los fondos Next Generation que la Unión Europea está repartiendo que están dotados, en el caso de España, de hasta 3.067 millones de euros.
Con estos fondos, y hasta 2024, se pretende dar un impulso a la digitalización de las empresas en España empezando por las pymes, micropymes y autónomos a partir del 2022 y siguiendo por otras a lo largo de los siguientes años
Beneficiarios
Para pymes y autónomos de entre 1 y 49 trabajadores que cumplan con los requisitos marcados del Gobierno.
2.000€
entre 1 y menos de 3 empleados
6.000€
entre 3 y menos de 10 empleados
12.000€
entre 10 y menos de 50 empleados
Para poder acceder al Kit Digital deberán hacerlo a través de uno o varios agentes digitalizadores
que podrán encontrar en la página AceleraPyme.
Soluciones digitales
En Carna te ofrece todas estas soluciones para tu negocio
que muestre tu negocio al mundo.
y/o servicios en Internet.
Requisitos
Ser una pequeña empresa, microempresa o autónomo (entre 1 y 49 trabajadores).
Estar registrado en AceleraPyme y realizar el test digital a tu empresa (lo explicamos en detalle más adelante).
Una vez concedida la ayuda, tendrás 6 meses para gastarla en hasta 5 servicios de 1 año de duración.
La subvención cubre hasta el 100% del coste de los servicios.
La subvención será inferior al coste mínimo de implantar el paquete.
El bono será de un máximo de 12.000 euros.
Cumplir los límites financieros y efectivos que definen las categorías de empresas.
Estar en situación de alta y tener la antigüedad mínima que se establece por convocatoria.
Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
No incurrir en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
No estar sujeta a una orden de recuperación pendiente de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
No superar el límite de ayudas mínimas (de pequeña cuantía).
¿Cómo conseguir el bono digital?
de AceleraPyme con tu negocio
o empresa
de diagnóstico digital
de las soluciones de digitalización
que pondrá a tu disposición
el programa Kit digital
para solicitar tu bono Kit digital a través de un agente digitalizador
que te acompañe